¿Cómo constituir una Asociación Civil en México siendo extranjero?

¿Cómo constituir una Asociación Civil en México siendo extranjero?
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La creación de una Asociación Civil (A.C.) en México es un proceso legal que permite a un grupo de personas organizarse formalmente para perseguir fines comunes sin ánimo de lucro. Ya sea para actividades culturales, educativas, asistenciales o de fomento al deporte, las asociaciones civiles representan una figura jurídica reconocida que permite acceder a diversos beneficios y apoyos gubernamentales, siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales.

La creación de una asociación civil requiere seguir una serie de pasos, así como contar con las fuentes de información más actuales y seguir el proceso al pie de la letra. A continuación, explicamos de forma general cada una de las etapas necesarias para constituirla de forma legal:

¿Cómo constituir una Asociación Civil en México siendo extranjero?

1. Tener al menos tres personas fundadoras

La ley exige que se reúnan al menos tres personas para crear una A.C. Estas personas pueden ser mexicanas o extranjeras, pero al menos debe haber un miembro mexicano. Estas personas deben estar de acuerdo con el objeto social de la organización y con sus objetivos. Esta pluralidad es clave para la toma de decisiones, ya que permite consensos y facilita el funcionamiento interno.

Cada miembro fundador debe presentar una identificación oficial vigente (INE o pasaporte, y contar con RFC. 

Los extranjeros que deseen formar parte de la asociación civil en México deben contar con Residencia en México. 

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2. Definir el objeto social

El objeto social de la asociación es el conjunto de actividades que esta desarrollará durante su existencia. Debe ser específico, realista y estar enfocado en generar un impacto social positivo. Es importante que este objeto sea coherente con las actividades autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), especialmente si se desea ser Donataria Autorizada.

3. Redactar los estatutos

Los estatutos son el documento que rige el funcionamiento interno de la asociación. Deben elaborarse con base en la legislación vigente y contener, al menos, los siguientes elementos:

  • Nombre de la asociación, preferentemente relacionado con sus fines. La Secretaría de Economía permite verificar la disponibilidad del nombre, por lo que conviene tener al menos tres opciones.
  • Fines y actividades de forma clara y detallada.
  • Duración, normalmente indefinida.
  • Domicilio social (opcional incluirlo en estatutos para mayor flexibilidad).
  • Ámbito territorial (nacional o internacional, si se pretende recibir recursos del extranjero).
  • Procedimientos para admisión, baja o expulsión de socios.
  • Derechos y obligaciones de las personas asociadas.
  • Órganos de gobierno y sus funciones, como presidencia, secretaría y tesorería, duración de cargos, formas de elección y cese.
  • Asamblea general, con sus reglas de convocatoria y toma de decisiones.
  • Régimen contable y fiscal.
  • Patrimonio inicial y recursos económicos.
  • Causas de disolución y destino del patrimonio (cláusula obligatoria si se busca ser donataria autorizada).
  • Cláusulas irrevocables sobre el uso de patrimonio y donativos, conforme al artículo 82 de la Ley del ISR, cuando se pretenda obtener autorización para emitir recibos deducibles.

4. Acta Constitutiva

Las personas fundadoras deben reunirse para celebrar la asamblea constitutiva, donde se acuerda la creación de la asociación, se aprueban los estatutos y se eligen los cargos de presidencia, secretaría y tesorería.

5. Protocolización ante notario e inscripción en el Registro Público

Un notario público deberá protocolizar el acta constitutiva y los estatutos. Posteriormente, se inscribe la asociación en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.

6. Obtención del RFC

Con la personalidad jurídica reconocida, el siguiente paso es tramitar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el SAT. Este requisito es indispensable para cualquier operación fiscal o apertura de cuenta bancaria.

7. Apertura de cuenta bancaria

Es recomendable abrir una cuenta bancaria a nombre de la A.C. para una gestión transparente y ordenada de los recursos.

8. Registro en el Registro Federal de las OSC (CLUNI)

Para acceder a apoyos y estímulos gubernamentales, se debe obtener la Clave Única de Inscripción (CLUNI) en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC). Este trámite da acceso a recursos públicos, convocatorias y convenios con dependencias federales.

9. Registro de Marca

El registro de marca para una Asociación Civil es fundamental para proteger la identidad y el uso exclusivo de su nombre y logotipo. 

10. Trámite para ser Donataria Autorizada

Si tu organización busca recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta, debes tramitar la autorización como Donataria Autorizada ante el SAT. Para ello, asegúrate de:

  • Incluir cláusulas irrevocables de patrimonio y liquidación en tus estatutos.
  • Asegurar que los recursos solo se destinen a los fines del objeto social.
  • Garantizar que, en caso de disolución, el patrimonio se destinará a otra donataria autorizada.

Miembros de una Asociacion Civil

  • Presidente (obligatorio): representa legalmente a la A.C.
  • Secretario (obligatorio): coordina la documentación y las actas.
  • Tesorero (obligatorio): administra los recursos.
  • Vocalías (opcional): participan en proyectos y en la toma de decisiones.
  • Consejo Técnico Consultivo (opcional): órgano de asesoría y evaluación

Constituir legalmente una Asociación Civil puede parecer un proceso complejo, pero con la orientación adecuada y el cumplimiento puntual de cada paso, es completamente alcanzable. Si deseas asesoría profesional para constituir tu asociación.

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